Obligación de mantener actualizado tu Buzón Tributario
¿Sabías que tienes la obligación de mantener actualizado tu buzón tributario?
Conoce los beneficios y consecuencias de no mantenerlo actualizado.
El buzón tributario es el medio a través del cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa a los contribuyentes acerca del estatus de sus obligaciones fiscales. Por ello es importante activarlo y mantenerlo actualizado.
¿Qué consecuencias puede tener el que no habilite, registre o mantenga actualizado mi Buzón tributario?
De acuerdo al Código Fiscal de la Federación, se considera infracción no habilitar el buzón tributario, así como no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto. (Artículo 86 C y 17-K).
A quien cometa la infracción relacionada con la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto, se impondrá una multa de $3,080.00 a $9,250.00. (Artículo 86 D).
¿De qué me sirve registrar, habilitar y mantener actualizado mi buzón tributario?
A través del buzón asignado a las personas físicas y morales inscritas en el RFC:
a) La autoridad fiscal podrá realizar a través de documentos digitales, la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido, asimismo, podrá enviar mensajes de interés para los contribuyentes.
b) Tú como contribuyente podrás presentar promociones, solicitudes, avisos, o darás cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, asimismo podrás realizar consultas sobre tu situación fiscal, todo esto sin acudir a las oficinas del SAT.
Si recibes un aviso electrónico enviado por el SAT en cualquiera de los mecanismos de comunicación que registraste (correo electrónico o teléfono), es importante que dentro de los tres días siguientes a aquél en que recibas el aviso, ingreses a tu buzón tributario a través de la página del SAT, con el fin de que conozcas la información que te fue enviada.
Recuerda que debes habilitar tu buzón tributario, así como registrar y mantener actualizados los medios de contacto. Al hacerlo, la autoridad te enviará por única ocasión, mediante los mecanismos elegidos, un aviso de confirmación que servirá para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste
Cuando el contribuyente no habilite el buzón tributario o señale medios de contacto erróneos o inexistentes, o bien, no los mantenga actualizados, se entenderá que se opone a la notificación y la autoridad podrá notificarle por estrados conforme al Artículo 134, fracción III del CFF.)
Si necesitas ayuda para habilitar, registrar o mantener actualizado tu Buzón, comunícate con nosotros.
L.C. Gustavo Correa
WhatsApp 55 8416 1526
L.C. Ricardo Guerrero
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